Con los cambios efectuados por las autoridades fiscales en el uso de las tecnologías de información, la autoridad fiscal está incrementando las Revisiones Electrónicas, las cuales serán más habituales a partir de julio de 2016, de acuerdo a lo señalado por las autoridades fiscales.
Por lo tanto, debemos prepararnos a fin de darle una seguridad a nuestros clientes, y poder determinar errores u omisiones en los CFDI’s emitidos y recibidos contra los registros contables y fiscales, a través de procesos y la utilización de las tecnologías de información se buscara la manera de disminuir los riesgos que conlleva el uso de los CFDI’s y en su caso el envió de la E-Conta a la autoridad.
Nuestros socios buscaran la manera de darle al cliente una seguridad razonable en aquellos rubros que tienen más impacto en su contabilidad y tenga un antecedente que le permita tener una mejor posición como contribuyente y estar preparado para una posible revisión por parte de las autoridades fiscales. Con la revisión electrónica, nuestra firma estará en posición de posición de determinar:
Hay que recordar que las revisiones electrónicas serán vía internet, lo anterior en base a lo que nos menciona el artículo 42 fracción V del C.F.F., en donde nos hacen referencia a que no se necesita deja citatorio previo para que la autoridad pueda ejercer sus facultades de comprobación.
De la fiscalización es factible que se determine información en la que la autoridad pueda determinar y aplicar el artículo 69-B del C.F.F.
Con la revisión electrónica, nuestros socios le darán a nuestros clientes un panorama en el ámbito fiscalizador que podría utilizar la autoridad, así como las medidas necesarias que nos ayudaran a enfrentar dichas revisiones en nuestros clientes.